«El incumplimiento de los programas de salud ocupacional, las normas en salud ocupacional y aquellas obligaciones propias del empleador, previstas en el Sistema General de Riesgos Laborales, transportará multa de hasta quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes, graduales de acuerdo a la recaída de la infracción y previo cumplimiento https://objetivosdeunaempresadese05949.wikisona.com/1551053/la_última_guía_a_trabajo_en_seguridad_y_salud_en_el_trabajo_bogotá