Las carretillas elevadoras ocupadas por singular o varios trabajadores deberán estar acondicionadas o equipadas para amojonar los riesgos de alteración mediante las medidas adecuadas. El derecho a un medio ambiente de trabajo seguro y saludable se recoge en el artículo 1 del Convenio núm. 187 sobre el situación promocional https://robertf791hko8.theobloggers.com/profile