Cuando los trabajadores independientes laboren en actividades con clase de aventura I, II o III (definidas en el Decreto 1607 de 2002), le corresponde al contratista remunerar el valor de la cotización al Sistema General de Riesgos Laborales; ¿Cuáles son las obligaciones que debe cumplir el trabajador independiente? Procurar https://dietricha082lvq4.ktwiki.com/user